lunes, 19 de noviembre de 2012

Los cambios en la nueva ley de riesgos del trabajo


A partir de ahora, el trabajador deberá cobrar la indemnización correspondiente, que se incrementó, o ir directamente a juicio. Qué son las nuevas ART-Mutuas.
El miércoles el Congreso aprobó la reforma a la ley de riesgos del trabajo que, seguramente, recibirá planteos de inconstitucionalidad que llevarán a un pronunciamiento de la Corte Suprema, como ya pasó con esta ley sancionada en 1994.
Así, ocho años después, y tras fuertes reclamos del sector empresario, el Gobierno se inclinó por impulsar la llamada “opción excluyente con renuncia” por la cual el trabajador accidentado, o sus familiares, deberán optar entre cobrar la indemnización tarifada del sistema o iniciar una demanda por la vía civil. “Los distintos sistemas de responsabilidad no serán acumulables”, dice la ley. A eso se agrega la transferencia del eventual reclamo judicial de la Justicia laboral al fuero civil.
En materia de indemnizaciones, la nueva ley fija que “cuando el daño se produzca en el lugar de trabajo o lo sufra el dependiente mientras se encuentra a disposición del empleador”, el trabajador o sus familiares recibirán un adicional del 20% “en compensación por cualquier daño no reparado”. “En caso de muerte o incapacidad total, esta indemnización adicional nunca será inferior a los $70.000”. De aquí se desprende que ese 20% adicional no se aplicará si el accidente se produce “in itinere”, en el trayecto entre el domicilio y el lugar de trabajo o viceversa.

Además, se actualizan por la evolución de los salarios (RIPTE) los pagos adicionales de $80.000 a $120.000 que corresponden a las incapacidades mayores al 50%. Y el piso de $180.000 por el porcentaje de incapacidad, que se mantenía congelado a los valores de diciembre de 2009. En adelante esos valores se ajustarán cada 6 meses según la evolución del RIPTE.
Las indemnizaciones varían según el ingreso base (sueldo promedio de los últimos 12 meses), la edad del trabajador y el porcentaje de incapacidad (Ver infografía).

La nueva ley elimina el sistema de rentas periódicas que “quedan transformadas en prestaciones indemnizatorias dinerarias de pago único, con excepción de las prestaciones en ejecución”.
Con el fin de limitar los costos de las empresas, la nueva ley fija que las ART “deberán limitar su presupuesto en gastos de administración y otros gastos no prestacionales al porcentaje que establece la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y de Seguros, el que no podrá superar el 20% de los ingresos que les correspondan para ese seguro. Dentro de ese importe, podrán asignar a gastos de comercialización o intermediación en la venta del seguro hasta el 5% del total”.

Actualmente, en promedio la alícuota que las empresas pagan a las ART equivale al 3% de la masa salarial. Pero los porcentajes varían según la actividad y el tamaño de las empresas. Así, en la agricultura es del 8,5% y en la construcción, del 7%. Las pymes con menos de 10 trabajadores, en promedio, pagan el 6% y las que emplean a más de 2.500 trabajadores pagan menos del 2% de la masa salarial.
En paralelo el Gobierno, por decreto, ratificó la posibilidad de crear las denominadas ART-Mutuas, que funcionarán como aseguradoras sin fines de lucro y serán constituidas por grupos de empleadores y asociaciones sindicales. Ya habrían avanzado para conformar sus Mutuas los metalúrgicos (UOM- ASIMRA) y la construcción.

Un punto llamativo es el que especifica que las ART-Mutuas deberán “utilizar, de manera prioritaria y siempre que sea técnicamente posible, los servicios de obras sociales y efectores públicos de salud” para atender a los trabajadores accidentados. En el sector se dice que este decreto habría “facilitado”el apoyo de los sindicatos de la CGT oficialista a la nueva ley.
El decreto precisa que las ART-Mutuas podrán constituirse durante las paritarias de cada sector con el compromiso de mantenerse “por un plazo mínimo de 10 años, contados a partir de su constitución”, pero aclara que la afiliación de los empleadores es voluntaria. “Las ART-Mutuas no podrán vulnerar el principio de libre afiliación de los empleadores”, dice. Claro que al tratarse de una entidad formada por la cámara patronal y el sindicato, habrá una fuerte presión para que las empresas de la actividad adhieran a la Mutual del sector

lunes, 18 de junio de 2012

Convención de productores 2012: España

28/05/2012
En el marco del festejo de nuestros 25 años en el país, MAPFRE realizó su tradicional Convención, esta vez en España. Viajaron más de 160 personas, entre Productores Asesores de Seguros, Brokers y representantes de la compañía.
Del 19 al 27 de mayo, los ganadores de la Campaña comercial 2011 junto con sus acompañantes, disfrutaron de una semana sorprendente en España. Este evento supo reunir todos los ingredientes para ser inolvidable: cultura, diversión, camaradería y descanso. Durante los primeros días, el grupo fue recibido por la magia de Madrid con su perfecta combinación de estructuras arquitectónicas –plazas, museos, conventos e iglesias- y su particular vida moderna. Además, fueron agasajados con un cocktail privado en el Museo del Prado, donde pudieron admirar las pinturas y esculturas de su colección permanente.
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Luego, volaron a Mallorca. Allí recorrieron el centro histórico de Palma, visitaron su Catedral Almudaina, la iglesia gótica catalana Santa Elulalia, el castillo de Bellver y también pudieron descansar en medio de la naturaleza de Porto Cristo. Para coronar el viaje se realizó una cena de gala en las Cuevas del Hams. En este marco de pura naturaleza, rodeados de estalactitas, lagos y vegetación, los ganadores se llevaron sus merecidos premios.
La velada contó con la presencia de Diego Sobrini, presidente de MAPFRE ARGENTINA, los Vicepresidentes y Directores de las diferentes unidades de negocios y servicios, Productores, Brokers y la visita de Rafael Casas, presidente MAPFRE AMÉRICA.

viernes, 16 de marzo de 2012

Cesvi recomienda



Anoche tres jóvenes que viajaban en moto sin casco perdieron la vida. Estudios demuestran que el uso correcto del casco previene en un 67% las lesiones cerebrales y reduce en un 36% las posibilidades de muerte en un siniestro vial.

Cuatro jóvenes perdieron la vida y otros dos resultaron heridos, luego de que una moto y un vehículo colisionaran de frente en el centro de la localidad de Monte Grande, en el partido bonaerense de Esteban Echeverría. Tres de las víctimas fatales viajaban en la motocicleta; ninguna utilizaba casco.

El riesgo de perder la vida circulando en motocicleta es 17 veces mayor que manejando un auto¹. En el 2010, el 24% de los siniestros de tránsito de nuestro país fueron protagonizados por motos. En el 2011, esa cifra se incrementó hasta alcanzar el 31%². Son varios los factores que influyen en esta cifra: la imprudencia de los motociclistas, el poco respeto del resto del resto del entorno vial hacia ellos, y, por sobre todo, el escaso uso que se hace del casco.

Precisamente y con respecto a este último punto, las estadísticas indican que el uso del casco previene un 67% las lesiones cerebrales y reduce en un 36% las posibilidades de muerte en un siniestro vial. La mayoría de las lesiones que recibe el conductor de estos vehículos se producen en la cabeza. Esto se debe a que cuando una moto colisiona contra otro vehículo, por una cuestión de balance de pesos, la cabeza del motociclista es lo que impacta primero contra el piso. Por esta razón, el uso del casco homologado por las autoridades competentes resulta fundamental para evitar lesiones graves o mortales en motocicletas.

A pesar de los controles de tránsito y campañas llevadas a cabo por diferentes municipios conjuntamente con organismos del estado nacional en todo el país, las normas siguen sin cumplirse debidamente. CESVI Argentina realizó un relevamiento de 1500 motocicletas en distintas localidades del Gran Buenos Aires y en la Ciudad Autónoma del cual se pudo comprobar que el 56% de los conductores no llevaba el casco puesto. De las motos que circulaban con acompañantes, el dato es aún más desalentador: el 84% no utilizaba casco.

Es importante recordar que la motocicleta es un vehículo más en el tránsito y, como tal, le corresponden las mismas leyes de circulación que a un automóvil.

Cascos: qué tener en cuenta

Para que un casco esté homologado dentro de la legislación argentina debe tener en el recubrimiento interior una etiqueta cosida que indique que cumple con la norma IRAM Nº 3621.

Los cascos varían por tamaño, peso y tipo y cada persona debe encontrar el que mejor se adapte a su fisonomía.

El casco debe estar correctamente abrochado. Un casco suelto no ofrece protección alguna.

Todos los cascos que hayan tenido un impacto o un golpe deben ser reemplazados por uno nuevo.

Para que la seguridad sea completa, se deben utilizar las prendas de cuero, los guantes y el correspondiente calzado.

¹ Según un estudio de la Dirección General de Tránsito de España
² Datos provenientes de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Acerca de CESVI Argentina
CESVI Argentina, Centro de Experimentación y Seguridad Vial, es una empresa dedicada a la investigación, experimentación y análisis de la seguridad vial y automotriz.

Desde hace 15 años investiga siniestros graves, estudia las causas que los generan, y evalúa la seguridad de los autos y rutas del país. Todo este conocimiento técnico, sumado al conocimiento teórico, se utiliza en las capacitaciones de manejo defensivo y en los programas de educación vial destinados a niños y adolescentes. Además, contribuye informando a la sociedad mediante la publicación de los resultados de las investigaciones realizadas.

Como aporte al mercado asegurador, CESVI Argentina desarrolla sistemas de gestión de siniestros que permiten optimizar los procesos y resultados de las compañías de seguros, además de detectar indicadores de posibles fraudes que pueden derivar en importantes ahorros para la compañía. Mediante CLEAS, el sistema de compensación de siniestros entre compañías de seguros, logró transformar la tramitación del siniestro en un proceso rápido y simple.

jueves, 9 de febrero de 2012

MODIFICACIONES PARA PÓLIZAS DE AUTOMÓVILES

Estimado colaborador:
Nos comunicamos con el fin de informarte las nuevas modificaciones que se aplicarán a nuestras pólizas de automóviles a partir del 1 de febrero de 2012. Estos cambios son producto de la nueva Resolución Nro. 36100 de la Superintendencia de Seguros de la Nación, que reemplaza las anteriores Resoluciones 35401, 35614 y 35683.
Los puntos más destacados de la actual resolución son:

Se discontinuará con el servicio de auto sustituto por robo, pérdida e inmovilización total por un accidente cubierto del vehículo asegurado.

Se interrumpirá el servicio de asistencia a las personas.

Cabe destacar que estas medidas cumplen con las exigencias del organismo de control.

También vale aclarar que continuamos analizando la forma de ajustarnos a la normativa vigente sin afectar el servicio a nuestros clientes